miércoles, 30 de enero de 2013

LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA.

Estimados Bloggeros.

Cómo estamos?
 
Hoy en día el servicio que presta el Colegio de Asistencia Jurídica Gratuita, si bien es cierto que su remanueración de cara al Letrado no es muy buena y sus pagos se hacen con cierto retraso, es fuindamental y esta recogido en la Constitución Española de 1978 puesto que en su articulado dice que todos tienen derecho a la Tutela Judicial Efectiva ante los Juzgados y Tribunales.
 
Hay una serie de colectivos que por circunstancias son mas vulnerables que otros y les corresponde, por desgracia, este Derecho. Menores, Detenidos, Cuando tu sueldo no es mas que 14.000€ al año, Extranjeros.
 
Somos unos 4.500 Abogados que prestamos este servicio de forma casi vocacional las 24h del día a disposición del Cliente. El cliente tiene una serie de obligaciones entre las que se encuentra el deber de respeto al letrado y su aportación documenta que sea veraz y seria y el Letrado tiene que informar al cliente de la sostenibilidad de la pretensión, reunirse en un lugar acorde con las necesidades, comunicar el estado del procedimiento y llevarlo a término con recursos incluidos.
 
Llevo casi ya dos años en el Turno de Oficio y la experiencia que te da es impagable puesto que a mi edad es dificil que alguien me contrate como abogado y gracias al Turno tengo 20 expedientes en marcha y puedo ponerme mi amada Toga al menos una vez al mes, tenemos trabajo que dado los tiempos que corren es una suerte y un poquito de dinero para al menos los gastos!!qué mas se puede pedir?un poco de orden al cobro y mas información al Letrado de las gestiones internas en el Colegio.
 
El Turno de Oficio es una especilaización casi de dedicación exclusiva y si tienes un par de clientes privados es el inicio perfecto de la actividad laboral dentro de la abogacía y el futuro de un buen abogado.
 
 
 
 

miércoles, 23 de enero de 2013

FORMULARIO CONTRATO DE TRABAJO. QUE DE SUERTE

CONTRATO DE TRABAJO

En ...... a ... de ...   de ..

REUNIDOS

De una parte, D./Dña... con DNI...   en calidad de..   y representante legal de la mercantil... , con domicilio social en...... , inscrita en la S.S. con el número.... .. y NIF..... ; representación que acredita mediante escritura pública otorgada ante Notario..
De otra parte, D./Dña.... mayor de edad, vecino de... , con domicilio en... , titular del DNI..................y afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el núme­ro......                , actuando en su propio nombre y derecho.
Reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica suficiente para la celebración del presente acuerdo, libre y espontáneamente,

MANIFIESTAN

V. Que la Empresa.........se dedica a la actividad de..............., rigiéndose por el Conve­nio Colectivo de........
VI. Que la Empresa necesita cubrir un puesto de trabajo de....habida cuenta que... (concretar las circunstancias por las que existe la vacante).
VII. Que D./Dña.........posee los conocimientos y la titulación precisos para desarrollar las funciones del citado puesto de trabajo.
VIII. Que ambas partes están conformes en formalizar el presente CONTRATO DE TRABAJO que se regulará por las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El objeto del presente contrato consistirá en la realización por parte de D./Dña..............., de las siguientes funciones............, reconociéndosele la categoría profesional de................
La ejecución del trabajo se llevará a cabo bajo la dirección de la empresa o de las personas en quienes ésta delegue.
SEGUNDA.- D./Dña............... prestará sus servicios por cuenta de la Empresa en el centro de trabajo que la misma tiene en...............
TERCERA.- La duración del presente contrato será............, surtiendo efectos a partir del día...................y finalizando el día...............
CUARTA.- Se pacta expresamente un período inicial de prueba de.... durante el cual, cualquiera de las partes podrá rescindir libremente la relación laboral, sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización alguna. A tal efecto, se acuerda que la situación de Incapacidad Tem­poral, producida durante el período de prueba suspenderá éste, reanudándose una vez terminada aquella situación.
QUINTA.- La jornada de trabajo será de.........horas (diarias, semanales o anuales), según el calendario laboral fijado de común acuerdo por Empresa y representante de los trabajadores.
La jornada laboral se distribuirá de la siguiente manera: de...a...horas.
A efectos de la jornada laboral, el tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al co­mienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.
SEXTA.- El trabajador tendrá derecho a treinta días naturales de vacaciones retribuidas (o lo establecido en Convenio Colectivo) de la siguiente forma......, y cuya época de disfrute será.................. (o la establecida en Convenio Colectivo).
SÉPTIMA.- Como contraprestación a sus servicios, D./Dña.....percibirá la retribución de............ptas./euros anuales, distribuidas en......(número) pagas que se abonarán.........(fecha y lugar de pago) y correspondientes a los siguientes conceptos:.......
De la indicada cuantía, se deducirán las cuotas de Seguridad Social y el porcentaje correspon­diente de I.R.P.F., a cargo del trabajador, así como cualesquiera otras deducciones que, conforme a Derecho, corresponda satisfacer, en cada momento, al trabajador.
OCTAVA.- En caso de que el trabajador desee dar por finalizada la relación contractual, deberá notificarlo a la Dirección de la Empresa con una antelación mínima de ............... días, comportando el incumplimiento del referido preaviso la sanción de....
NOVENA.- En todo lo no pactado en este contrato, se estará a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación o, en su defecto, en el Estatuto de los Trabajadores y demás normas labo­rales de general aplicación.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

La Empresa El Trabajador

martes, 15 de enero de 2013

QUE DUDAS JURIDICAS TENEIS?

Estimados Blogeros
 
Antes que nada agradecer a mis seguidores su interes en este Blog puesto que es una actividad nueva que puede sorprender.
 
En el artículo de esta semana voy a ser yo el que os traslade una serie de preguntas, dudas o cuestiones sobre la Abogacía, puesto que sóis vosotros los que la véis desde fuera y es, en el fondo, como se ven mejor las cosas.
 
¿Habéis tenido alguna vez que acudir a un Juicio?Por lo que yo veo cuando un particular acude a un juicio suele estar más que perdido puesto que no se nos informa bien de nuestros derechos y obligaciones.
 
¿Qué os parece los abogados?¿Estamos bien formados?.
 
¿Un abogado tiene que limitarse a ponerse la Toga o puede hacer otras funciones?Como por ejemplo investigar jurídicamente, llevar los asuntos contables del cliente etc.
 
¿Qué pensáis que se tiene que mejorar de la Abogacía?
 
Espero que estas preguntas nos sirvan para mejorar de forma diária la Abogacía.

miércoles, 9 de enero de 2013

SOBRE LA MEDIACION Y COMO ESCAPAR DE LAS TASAS JUDICIALES

Estimados Bloggeros:

Como hemos arrancado tras las fiestas?
 
Por Olexpor Abogacía muy bien, tras las vacaciones he decidio hacer un frente contra las Tasas Judiciales y estoy estudiando medios y formas de evitarlas.
 
La mediación es uno de los principales medios por los cuales se puede acceder a la resolución de un conflicto sin necesidad de acudir a tribunales puesto que nos adecuamos a que un mediador tras un procedimiento reglado por Ley dicte un laudor arbitral o redacte un convenio de mediación.
 
Aqui reproducimos una Sentencia que nos parece interesante puesto que define lo que es Mediación:
 
"SAP Santa Cruz de 20 septiembre 2010 (
 
...la mediación familiar, o en su caso reforzar la mediación familiar existente. II. Adoptar o reforzar todas las medidas que se juzguen necesarias para asegurar la puesta en marcha de los principios siguientes para la promoción y utilización de la mediación familiar como medio apropiado de solución de los conflictos familiares'. Al tiempo que se atribuye a la mediación las siguientes ventajas: a) la mejora de la comunicación entre los miembros de la familia; b) la reducción de los conflictos entre los miembros. "
 
La mediacón esta regulada por Ley 5/2012 de 6 de Julio como caracteres fundamentales de la mediación encontramos: Desjudicialización, deslegalización, desjuridificación.
 
 
 

jueves, 3 de enero de 2013

FELIZ AÑO SEÑOR GALLARDON

FELIZ AÑO!!!

Estimados bloggeros!!!

¿Cómo ha ido la Navidad?

En Olexpor Abogacía empezamos una nueva etapa juntos en la cual la Abogacía tal como la conocemos puede llegar a su fin por obra y gracia del Señor Ministro.
 
En mi carta expresé la preocupación sobre los diferentes miembros que formamos parte de la Administración de Justicia, desde los Secretarios hasta los Letrados. Desde este foro que es nuestro Blog, por que también es vuestro, vamos a dar una serie de pistas sobre el futuro de nuestra profesión.
 
La primera la mediación, estoy haciendo un curso de mediación para cuando los recortes sean tales que el Turno de Oficio desaparezca y nos den voleto a los Letrados. La mediación es una resolución de conflictos extra judicial puesto que las partes se someten a un mediador experto. Yo lo estoy haciendo en Civil puesto que es mi especialidad jurídica.
 
En segundo lugar La Formación. Formar en el Derecho,en su Historia, su actualidad, sus inquietudes su pasado, presente y futuro.
 
Mediación y Formación es el incipiente presente, prometedor futuro!!!!!la formación la enfocare a Libros y Artículos y la mediación para lo que necesitéis.
 
Un abrazo Bloggeros